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Declaración del proveed

La declaración del proveedor
La declaración del proveedor es una prueba de preferencia dentro de la Unión Europea. Las declaraciones del proveedor están reguladas por el Código Aduanero de la Unión. Los textos de las declaraciones del proveedor se establecen en el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447.
Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 en EUR-Lex
El reglamento y, por tanto, los textos, están disponibles en las 23 lenguas oficiales de la Unión Europea.
Las declaraciones del proveedor son necesarias siempre que, en el marco de la obtención del origen preferencial dentro de la Unión Europea o para mantener la condición de origen preferencial, se deba acreditar que se cumple el principio de territorialidad.
El principio de territorialidad
El principio de territorialidad significa que debe acreditarse de manera continua que toda la cadena de valor que da lugar a la condición de origen preferencial se ha realizado completamente dentro de la Unión Europea.
Por lo tanto, se requiere una declaración del proveedor en alguna de las formas previstas siempre que se produzca un cambio en el poder de disposición sobre la mercancía.
En general, la emisión de declaraciones del proveedor es voluntaria y solo puede establecerse como obligatoria mediante acuerdos contractuales de derecho civil.
Formas de la declaración del proveedor
La declaración del proveedor existe en cuatro formas:
- Declaración del proveedor para mercancías con carácter de origen preferencial
- Declaración del proveedor a largo plazo para mercancías con carácter de origen preferencial
- Declaración del proveedor para mercancías sin carácter de origen preferencial
- Declaración del proveedor a largo plazo para mercancías sin carácter de origen preferencial
Declaración del proveedor para mercancías con carácter de origen preferencial
Una declaración del proveedor, también denominada de manera informal declaración individual del proveedor, se emite para cada movimiento de mercancías. Puede figurar en un documento independiente o incluirse directamente en el documento de entrega, como la factura de entrega o el albarán.
En la declaración del proveedor para mercancías con carácter de origen preferencial se incluyen únicamente las mercancías que son elegibles para el beneficio de preferencia en esa entrega concreta. Con cada nueva entrega debe emitirse una nueva declaración del proveedor si se desea mantener y volver a declarar la condición de origen preferencial dentro de la Unión Europea.
Declaración del proveedor a largo plazo para mercancías con carácter de origen preferencial
Una declaración del proveedor a largo plazo para mercancías con carácter de origen preferencial se emite para un período de suministro determinado. Con ello se informa al destinatario de que las mercancías incluidas en la declaración, siempre que se entreguen dentro de dicho período, son elegibles para el beneficio de preferencia.
El período de suministro no puede exceder los 24 meses. Se permiten períodos más cortos; períodos más largos invalidan la declaración a largo plazo.
Una declaración del proveedor a largo plazo no puede emitirse en un documento de entrega y no debe referirse a un envío concreto.
Declaración del proveedor para mercancías sin carácter de origen preferencial
La declaración del proveedor para mercancías sin carácter de origen preferencial documenta la condición de origen preferencial por cada envío. La diferencia con la declaración del proveedor para mercancías con carácter de origen preferencial radica en que se indica en la declaración la proporción de valor que no se ha generado dentro de la Unión Europea.
De este modo, dentro del marco del principio de territorialidad, se puede acreditar la cadena de valor dentro de la Unión Europea, ya que el valor de suministro, menos la proporción de valor fuera de la UE, determina la participación relevante en la creación de valor.
Esta declaración del proveedor también es regularmente necesaria para operaciones de procesamiento externas, conocidas como «cadenas de producción extendidas».
Declaración del proveedor a largo plazo para mercancías sin carácter de origen preferencial
La declaración del proveedor a largo plazo para mercancías sin carácter de origen preferencial es la variante periódica de la declaración del proveedor para mercancías sin carácter de origen preferencial.
Requisitos de texto diferentes para Türkiye
Tenga en cuenta que existen requisitos de texto específicos para las declaraciones del proveedor que se utilizan para la acumulación con Türkiye.
Ejemplo de una declaración del proveedor a largo plazo con carácter de origen preferencial para TR: eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:22006D0646
Asesoramiento y soluciones digitales
Dado que el tema de las declaraciones del proveedor es extremadamente complejo, ofrecemos asesoramiento detallado:
Alemania: www.zollcon.de / kundenbetreuung@zollcon.de
España: www.aduacon.es / administracion@aduacon.es
Para la solicitud y emisión de declaraciones del proveedor, también está disponible una solución completamente digital: el Portal GTC-LE, por una pequeña cuota mensual.